Fideicomisos – Régimen e Información y Registración Obligatorio
Con el dictado de la Resolución General AFIP Nro. 3312 establecio un nuevo Régimen de Información y de Registración de operaciones con Fideicomisos
.Régimen de Información. Deberá ser cumplido por:
Los Agentes de información deberán informar por medio de un nuevo aplicativo “AFIP-DGI Fideicomisos del país y del Exterior”, una serie importante de datos:
El corte de información será cada 31 de diciembre y el vencimiento de la presentación operara a partir del 27 de julio según terminación de la CUIT. Se deroga el régimen anterior establecido por la Resolución General Nro. 2419 mediante la cual se establecía un régimen de información para por los sujetos que actuaban en carácter de fiduciarios con respecto a los fideicomisos financieros o no financieros constituidos en el país. Vigencia: a partir del periodo finalizado el 31 de diciembre de 2011. De tratarse de fideicomisos constituidos en el exterior, los agentes de información también se encuentran obligados a informar las operaciones de los años 2009 y 2010. El vencimiento de este informativo es a partir del 27 julio 2012.
Régimen de Registración de operaciones. Se encuentran alcanzados por este régimen los:
Los datos a informar son:
El plazo para informar estos hechos son 10 días hábiles contados a partir de la formalización de las operaciones. Vigencia: a partir del 1 de julio de 2012. No obstante las operaciones formalizadas entre el 1 de enero de 2012 y el 30 de junio de 2012, el vencimiento será el 31 de agosto próximo. Sanciones: las establecidas en la Ley de Procedimiento Fiscal Nro. 11.683 (multas entre $ 500 y $ 45.000 por cada infracción). Además la exclusión en los diversos registros AFIP (por ej. el de granos), imposibilidad de obtener constancias de inscripción, certificados de exclusión. Cualquier duda o consulta comuniquese con nosotros a audicoargentina@audiconsulting.com
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